Resolución N.° 037-1991-P/CTE

22 de setiembre de 1991

Señalan que las tarifas de venta de energía eléctrica a aplicarse a los usuarios finales en localidades servidas por Municipios, Comunidades o Empresas de Interés Local que adquieren energía en bloque de Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad, serán las mismas que rigen en las empresas regionales, en cuya área de responsabilidad se encuentren ubicadas.

Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria

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