Resolución N.° 019-1990-P/CTE
3 de agosto de 1990
Autorizan cobros máximos en Intis (I/.) que las Empresas de Servicio Público de Electricidad pueden efectuar a los usuarios por reconexión de suministros eléctricos en baja tensión (220 voltios a 440 voltios) desconectados.
Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria