Resolución de Consejo Directivo N.° 227-2016-OS/CD
1 de octubre de 2016
Disponen la acumulación y declaran No Ha Lugar, fundados en parte los extremos de los recursos de reconsideración interpuestos por Grupo Distriluz, Electro Dunas S.A.A., Electro Ucayali S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. y Electro Puno S.A. contra la Resolución 179-2016-OS/CD que aprobó el Precio a Nivel Generación y el Programa Trimestral de Transferencias del trimestre agosto – octubre 2016
Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria