Resolución N.° 2474-2019

19 de setiembre de 2019

SANCIONAR a la EMPRESA DE GENERACIÓN PIURA S.A. con multa ascendente a 0.27 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por exceder el plazo extendido para la actividad de mantenimiento programado durante el segundo trimestre de 2018 (18 de abril de 2018), incurriendo en la infracción prevista en el ítem 4 del numeral 6 del “Procedimiento para Supervisar la Verificación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN”, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 316- 2005-OS/CD, para empresas titulares de unidades de generación, sancionable de acuerdo con el numeral 2.4 del Anexo N° 10 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 672-2006-OS/CD.

ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la EMPRESA DE GENERACIÓN PIURA S.A., respecto de la infracción imputada en el literal a) del numeral 1.2 de la presente resolución, en el extremo referido a la actividad de mantenimiento programado durante el segundo trimestre de 2018, correspondiente al 15 de mayo de 2018.

SANCIONAR a la EMPRESA DE GENERACIÓN PIURA S.A. con multa ascendente a 0.38 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no remitir la justificación técnica para la prolongación del mantenimiento programado durante el primer semestre de 2017 (18 de abril de 2018), incurriendo en la infracción prevista en el ítem 3 del numeral 6 del “Procedimiento para Supervisar la Verificación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 316-2005- OS/CD, para empresas titulares de unidades de generación, sancionable de acuerdo con el numeral 2.3 del Anexo N° 10 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 672-2006-OS/CD.

ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la EMPRESA DE GENERACIÓN PIURA S.A., respecto de la infracción imputada en el literal b) del numeral 1.2 de la presente resolución, en el extremo referido a la justificación técnica para la prolongación del mantenimiento programado durante el primer semestre de 2018, correspondiente al 15 de mayo de 2018.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias

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