Resolución N.° 1861-2019

16 de julio de 2019

SANCIONAR al COMITÉ DE OPERACIÓN ECONOMICA DEL SISTEMA con una multa ascendente a 0.51 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con la entrega de información referida a la calidad de producto (tensión) en el plazo establecido en el numeral 3.5 de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y el literal F) del numeral 5.1.2 del “Procedimiento para la Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 686-2008-OS/CD, durante el segundo semestre 2016; hecho que constituye infracción según el numeral 6 del referido Procedimiento, siendo pasible de sanción conforme a lo previsto en el literal c) del numeral IV del Anexo 17 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 096-2012-OS/CD.

SANCIONAR al COMITÉ DE OPERACIÓN ECONOMICA DEL SISTEMA con una multa ascendente a 0.71 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con la entrega de información referido a la calidad de producto (frecuencia) en el plazo establecido en la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y el numeral 11.1. del Procedimiento Técnico del COES N° 40: “Procedimiento para la Aplicación del Numeral 3.5 de la NTCSE”, aprobado por Resolución Ministerial N° 237-2012-MEM/DM, durante el segundo semestre 2016; siendo pasible de sanción por el numeral 1.44.1 del Anexo 1 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 028- 2003-OS/CD.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias

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Vista preliminar de documento RPAS-P686-00029223-COES

RPAS-P686-00029223-COES

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