Resolución N.° 1808-2019

10 de julio de 2019

SANCIONAR a la empresa GENRENT DEL PERÚ S.A.C. con una multa ascendente a 2.80 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con el indicador CMRT (Cumplimiento de las mediciones de tensión requeridos por la NTCSE), en relación a la calidad de producto, durante el segundo semestre 2017, incumpliendo lo establecido en el literal A) del numeral 5.1.2 del “Procedimiento para la Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 686-2008-OS/CD, hecho que constituye infracción según el numeral 6 del referido Procedimiento, siendo pasible de sanción conforme a lo previsto en el literal b) (para empresas generadoras) del numeral 1.1. del Anexo 17 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 096-2012-OS/CD.

SANCIONAR a la empresa GENRENT DEL PERÚ S.A.C. con una multa ascendente a 2.83 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con el plazo para la entrega de información requerida a la calidad de tensión, durante el segundo semestre 2017, incumpliendo lo establecido en el literal F) del numeral 5.1.2 del “Procedimiento para la Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 686-2008-OS/CD, hecho que constituye infracción según el numeral 6 del referido Procedimiento, siendo pasible de sanción conforme a lo previsto en el literal b) (para empresas generadoras) del numeral IV del Anexo 17 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 096-2012-OS/CD.

SANCIONAR a la empresa GENRENT DEL PERÚ S.A.C. con una multa ascendente a 2.83 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con el plazo para la entrega de información requerida a la calidad de suministro, durante el segundo semestre 2017, incumpliendo lo establecido en el literal E) del numeral 5.2.2 del “Procedimiento para la Supervisión de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos y su Base Metodológica”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 686-2008-OS/CD, hecho que constituye infracción según el numeral 6 del referido Procedimiento, siendo pasible de sanción conforme a lo previsto en el literal b) (para empresas generadoras) del numeral IV del Anexo 17 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 096-2012-OS/CD.

SANCIONAR a la empresa GENRENT DEL PERÚ S.A.C. con una multa ascendente a 2.80 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber cumplido con las mediciones de perturbaciones requeridas por la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, durante el segundo semestre 2017, incumpliendo lo establecido en el numeral 5.3.7 de la referida norma técnica, siendo pasible de sanción por el numeral 1.44.2 del Anexo 1 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias

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