Resolución N.° 685-2019
19 de marzo de 2019
SANCIONAR a la empresa CORPORACIÓN LINDLEY S.A. con una multa ascendente a 0.85 de Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha de pago, por no registrar la oferta por etapa del cliente para el Esquema de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia (Formato F06A) en el Portal GFE de Osinergmin, incumpliendo lo dispuesto en el numeral 6.3.1 del “Procedimiento para Supervisar la Implementación y Actuación de los Esquemas de Rechazo Automático de Carga y Generación”, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 489-2008-OS/CD, lo que constituye infracción según su numeral 7.2.3, siendo pasible de sanción conforme a lo establecido en el numeral 1.10 del Anexo N° 1 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 028- 2003-OS/CD.
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la empresa CORPORACIÓN LINDLEY S.A., respecto la imputación contenida en el literal b) del numeral 1.2 de la presente Resolución.
SANCIONAR a la empresa CORPORACIÓN LINDLEY S.A. con una multa ascendente a 4.32 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no implementar su Esquema de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia, incumpliendo lo dispuesto en el numeral 7.2.1 de la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, lo que constituye infracción según el numeral 7.2.1 del “Procedimiento para Supervisar la Implementación y Actuación de los Esquemas de Rechazo Automático de Carga y Generación”, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 489-2008-OS/CD , siendo pasible de sanción de acuerdo con lo previsto en el numeral 1.45.3 del Anexo N° 1 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias