Resolución N.° 649-2019

14 de marzo de 2019

SANCIONAR a la EMPRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A. con una multa ascendente a 1.62 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por haber excedido el plazo extendido para las actividades de mantenimiento programado durante el cuarto trimestre de 2016, incumpliendo lo dispuesto en el ítem 4 del numeral 6 del “Procedimiento para Supervisar la Verificación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 316-2005- OS/CD, para empresas titulares de unidades de generación, sancionable de acuerdo al numeral 2.4 del Anexo N° 10 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 672-2006-OS/CD.

SANCIONAR a la EMPRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A. con una multa ascendente a 1.85 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber remitido la justificación técnica para la prolongación de los mantenimientos programados de sus unidades de generación durante el segundo semestre de 2016, incumpliendo lo dispuesto en el ítem 3 del numeral 6 del “Procedimiento para Supervisar la Verificación de la Disponibilidad y el Estado Operativo de las Unidades de Generación del SEIN”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 316-2005-OS/CD, para empresas titulares de unidades de generación, sancionable de acuerdo al numeral 2.3 del Anexo N° 10 de la Escala de Multas y Sanciones de Electricidad, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 672-2006-OS/CD.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias

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RPAS-P316-00017618-EGH

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