Resolución N.° 376-2019

15 de febrero de 2019

SANCIONAR a la empresa PRODUCTOS TISSUE DEL PERÚ S.A. con una multa ascendente a 0.78 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, por no haber registrado la Oferta por Etapa del Cliente para el Esquema de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia (formato F06A) en el Portal GFE de Osinergmin, incumpliendo lo establecido en el numeral 6.3.1 del “Procedimiento para Supervisar la Implementación y Actuación de los Esquemas de Rechazo Automático de Carga y Generación”.

ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la empresa PRODUCTOS TISSUE DEL PERÚ S.A., a través del Oficio N° 1568-2018, respecto a la imputación contenida en el literal b) del numeral 1.2 de la presente resolución, referida a no haber registrado su Esquema Detallado de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia implementado (formato F06C) en el Portal GFE de Osinergmin.

SANCIONAR a la empresa PRODUCTOS TISSUE DEL PERÚ S.A. con una multa ascendente a 1.20 Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de pago, debido a que, durante el periodo de supervisión correspondiente al año 2017, no implementó su Esquema de Rechazo de Automático de Carga por Mínima Frecuencia para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 14 de febrero de 2017, incumpliendo lo establecido en el numeral 7.2.1 de la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, aprobada por la Resolución Directoral N° 014-2005-EM/DGE, lo que constituye infracción según el numeral 7.2.1 del “Procedimiento para Supervisar la Implementación y Actuación de los Esquemas de Rechazo Automático de Carga y Generación”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Sancionatorias

Documentos

Vista preliminar de documento RPAS-P489-00017191-PRT

RPAS-P489-00017191-PRT

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