Resolución de Consejo Directivo N.° 294-2015-OS-CD

Mandato de conexión

9 de diciembre de 2015

Se confirma la Resolución de Consejo Directivo N°234-2015-OS/CD, que declaró improcedente la solicitud de Mandato de Conexión presentada por EMPRESAS HYDRIKA para que se le permita la conexión de los proyectos de las Centrales Hidroeléctricas Hydrika 1, 2, 3, 4, 5 y 6 a la Subestación Eléctrica La Ramada de propiedad de la Empresa de Generación Eléctrica Yamobamba S.A.C. (Empresa de Energía Yamobamba S.A.C).

Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Supervisión de Energía

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