Resolución N.° 118-2019-OS-DSE
Resolución N° 118-2019-OS/DSE
18 de enero de 2019
Se resuelve sancionar a MINERA CASAPALCA S.A., por no haber registrado su Esquema Detallado de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia implementado (formato F06C) en el Portal GFE de Osinergmin, incumpliendo lo establecido en el numeral 6.3.3 del “Procedimiento para Supervisar la Implementación y Actuación de los Esquemas de Rechazo Automático de Carga y Generación”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 489-2008-OS/CD.
Se resuelve sancionar a MINERA CASAPALCA S.A., debido a que, durante el periodo de supervisión correspondiente al año 2018, no implementó su Esquema de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia, incumpliendo con lo establecido en el numeral 7.2.1 de la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, aprobada por la Resolución Directoral N° 014-2015-DGE.
Se resuelve sancionar a MINERA CASAPALCA S.A., debido a que, durante el periodo de supervisión correspondiente al año 2018, no implementó su Esquema de Rechazo Automático de Carga por Mínima Frecuencia, incumpliendo con lo establecido en el numeral 7.2.1 de la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, aprobada por la Resolución Directoral N° 014-2015-DGE.