Resolución de Consejo Directivo N.° 259-2013-OS/CD
20 de diciembre de 2013
Disponen la acumulación de procedimientos administrativos, declaran como No Ha Lugar las solicitudes de nulidad parcial contenidas en el recurso de reconsideración interpuesto por las empresas del Grupo Distriluz, contra la Resolución OSINERGMIN N° 203-2013-OS/CD, y declaran fundados e infundados extremos del petitorio.
Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria