Resolución de Consejo Directivo N.° 185-2013-OS/CD
7 de setiembre de 2013
Declara no ha lugar la nulidad planteada en los recurso de reconsideración acumulados, interpuestos por Electro Dunas S.A.A., Electro Oriente S.A. y Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. contra la Resolución OSINERGMIN N° 143-2013-OS/CD que modificó el FBP.
Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria