Resolución de Consejo Directivo N.° 135-2013-OS/CD

22 de junio de 2013

Disponen el remplazo de los valores de los Precios en Barra en Subestaciones Base, valores del Cargo de Peaje por Conexión Unitario al SPT y por Generación Adicional, Cargo de Peaje de Transmisión unitario, Fórmulas de Actualización, Remuneración Anual por Ampliaciones de REP, Peaje por Conexión e Ingreso Tarifario Esperado para el SPT y el Peaje por Transmisión e Ingreso Tarifario para el SGT, contenidos en la Resolución OSINERGMIN N° 053-2012-OS/CD, que fijó los Precios en Barra.

Esta norma pertenece al compendio Normativa de Osinergmin sobre Regulación Tarifaria

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