RNP: Agilizan procedimientos de inscripción y renovación para proveedores nacionales y extranjeros domiciliados en Per
Nota de prensaCambios beneficiarán a 177 mil 864 proveedores inscritos en el Registro Nacional de Proveedores - RNP.

16 de enero de 2015 - 2:47 p. m.
- Se elimina el trámite en estado suspendido, que impedía al proveedor ser participante, postor y/o contratista con el Estado
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE utilizará –desde el 17 de enero- un nuevo sistema en los procedimientos de inscripción y renovación de los proveedores nacionales y extranjeros domiciliados en el Perú, que alcanza a 177 mil 864 proveedores, vale decir más del 99.2% del total de proveedores a nivel nacional.
El cambio está enmarcado en la Directiva N° 005-2014/OSCE-CD, aprobada con Resolución N° 363-2014 OSCE/PRE, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE sobre los procedimientos que deberán tener en cuenta los proveedores al momento de iniciar la inscripción y renovación en los registros de bienes y servicios del RNP.
El proveedor nacional y extranjero domiciliado en el Perú deberá realizar el pago de la tasa correspondiente en los bancos autorizados (Persona Natural: S/. 221.00 nuevos soles Persona Jurídica S/. 221.00 Proveedor Persona Natural con ingresos y/o ventas anuales brutas menores a 13 UIT al año anterior S/. 50.00). Luego de realizar el pago de la tasa, podrá enviar el formulario electrónico sólo dentro de los treinta días calendario, a diferencia del procedimiento anterior que era de 365 días calendario.
Tras dos días hábiles del pago y dentro de los 30 días calendario, estará en capacidad de ingresar a la página web del RNP www.rnp.gob.pe “Operaciones en Línea con clave RNP”, donde deberá seleccionar “Bandeja de Mensajes” y digitar el usuario (N° de RUC) y la contraseña (ubicada en el voucher de pago). De este modo, obtendrá la clave del RNP y acceso al formulario electrónico para registrar sus datos y enviarlo vía web presionando la opción “Enviar formulario”. También, de manera opcional, podrá adjuntar un archivo en PDF de hasta 5MB, que servirán para la verificación del cumplimiento de requisitos.
Previamente a la admisión de la solicitud, se verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 43 del TUPA del OSCE. En caso esté conforme, se recepciona la solicitud y se da por aprobado automáticamente.
Si el OSCE advierte que los documentos no cumplen los requisitos, observará la solicitud, notificando dichas observaciones a la bandeja de mensajes del proveedor, otorgándole dos días hábiles para que por única vez realice la subsanación correspondiente. Si cumple con subsanar correctamente, se recepciona la solicitud y se aprueba automáticamente. De lo contrario, se dará por no presentado, pudiendo solicitar la devolución de la tasa e iniciar un nuevo procedimiento.
Con este nuevo sistema se elimina el trámite en estado suspendido, que impedía al proveedor ser participante, postor y/o contratista con el Estado. Mayores detalles en: http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/guias-manuales-y-folletos