Comunicado N.° 002-2023-OSCE

Comunicado
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10 de marzo de 2023 - 3:24 p. m.

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) recuerda a las autoridades de los tres niveles de gobierno y al público en general sobre los impedimentos señalados en el artículo 11 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, para ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas en procesos de contratación pública, incluso aquellos iguales o inferiores a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), incluyendo órdenes de compra u órdenes de servicio:

En el caso de la Presidencia y Vicepresidencia de la República, Ministros y Viceministros de Estado, Gobernadores, Vicegobernadores Regionales, Alcaldes, Consejeros de los Gobiernos Regionales y Regidores, el impedimento se extiende a sus cónyuges, convivientes o parientes hasta un segundo grado de consanguinidad o afinidad, es decir, padres, suegros, abuelos, hermanos, hijos, nietos, yerno, nuera, cuñados; ya sea como persona natural o mediante persona jurídica en la que tenga vinculación como representante, apoderado, directivo o cuenten con más del 30% de acciones, en el ámbito de su competencia territorial o del sector al que perteneció, según corresponda, y hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo.

El OSCE recomienda instruirse adecuadamente y visitar la Ficha Única del Proveedor (FUP) ante eventuales indicios de impedimentos relacionados con autoridades, sus familiares y/o empresas. 
Enlace Ficha Única del Proveedor (FUP): https://apps.osce.gob.pe/perfilprov-ui/ 

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