AVISO: SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LOS CONTRATOS Y DE LAS CONTROVERSIAS EN EL SEACE V.2.0.

Comunicado

13 de enero de 2015 - 12:00 a. m.

En relación al Comunicado N° 001-2014-OSCE/PRE de febrero de 2014 de la Presidencia Ejecutiva del OSCE, se recuerda a las Entidades Públicas que se encuentran bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N°1017, que previamente a la publicación del laudo por parte del Árbitro o del Tribunal Arbitral, es necesario, bajo responsabilidad que en el SEACE las Entidades cumplan en registrar la información respecto al "contrato" ello en atención con lo establecido en el artículo 287º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como de la "controversia" en virtud con lo establecido en el artículo 227° del mismo cuerpo legal, es decir que deberán registrar en el SEACE los nombres y apellidos completos del Árbitro Único o de los Árbitros que conforman el Tribunal Arbitral, así como de aquellos que eventualmente sustituyan a estos.

A fin de que las Entidades Públicas conozcan los pasos a seguir para registrar el contrato derivado de un proceso de selección y de la controversia surgida, se tiene publicado en el portal web del SEACE los siguientes manuales dirigidos a los operadores de las entidades, tales como "Manual del Módulo de Contratos " y "Manual de Controversias", así como para los Árbitros "Manual de Registro de Laudo", los cuales pueden accederse ingresando a la opción 1. Inicio, sección "Documento y Publicaciones ", página Manuales y Otros (Entidades).

Descargue los Manuales aquí.

Cualquier consulta comunicarse al teléfono 614-3636, opción 2 – SEACE.