Comunicado N° 012-2020: Implementación de canales virtuales para la recepción de documentos

Comunicado
Comunicado N° 012-2020:

18 de mayo de 2020 - 6:38 a. m.

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en mérito a lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/54.01 y el Decreto Supremo N° 103-2020-EF; y en cumplimiento de los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria por el COVID-19”, aprobados con Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, y los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados con Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, hace de conocimiento de sus usuarios, proveedores, entidades y público en general lo siguiente:

1. De acuerdo con los lineamientos sectoriales indicados, las Entidades deben implementar como medida prioritaria la digitalización de trámites a través de ventanillas virtuales, a fin de reducir el riesgo de exposición de la población frente al COVID-19.

2. En consecuencia, a partir de la fecha, se encuentran a disposición los siguientes canales virtuales para la recepción de documentos:

2.1. Trámites de entidades públicas sujetas a la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano (PIDE), a nivel nacional: La Mesa de Partes Virtual del OSCE que opera a través de dicha plataforma.

2.2. Trámites de entidades públicas que no cuentan con Mesa de Partes Virtual en la PIDE, y demás usuarios del OSCE, a nivel nacional: El correo electrónico mesadepartes@osce.gob.pe. La documentación remitida en días inhábiles o después de las 16.30 horas, serán consideradas recibidas el día hábil siguiente. Para mayor información sobre el envío de documentos a través de esta vía, se puede consultar la guía disponible en la página web del OSCE: (https://bit.ly/3dWVKf3). Asimismo, los usuarios deberán adjuntar el Formato de Autorización de Notificación Electrónica, que se encuentra disponible en la página web del OSCE: (https://bit.ly/2zN4LZk), a fin de recibir las notificaciones en su correo electrónico. A partir de la fecha queda sin efecto el correo electrónico a que alude el Comunicado N° 008-2020.

2.3. Documentos concernientes a recursos de apelación y procedimientos administrativos sancionadores, de competencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, a nivel nacional: El correo electrónico mesadepartestribunal@osce.gob.pe. La documentación remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el día hábil siguiente.

Únicamente cuando el usuario opte por adjuntar una carta fianza como garantía por interposición de recurso de apelación o interposición de recurso de reconsideración en procedimiento sancionador, la documentación deberá presentarse en físico en la Mesa de Partes del Tribunal, ubicada en Av. Gregorio Escobedo cdra. 7 s/n, Residencial San Felipe, Jesús María, Lima, de lunes a viernes, desde las 08:30 hasta las 16:30 horas. Las Oficinas Desconcentradas del OSCE atenderán cuando se cumplan las condiciones exigidas en los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados con Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, y modificatorias.

Jesús María, 18 de mayo del 2020