Directiva N.° 001-2020-OSCE/CD (v.02)
Versión N° 02 de la Directiva N° 001-2020-OSCE/CD - Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 192-2021-OSCE/PRE
26 de noviembre de 2021
Procedimientos y Trámites ante el Registro Nacional de Proveedores
Aprobada con Resolución Nº 192-2021-OSCE/PRE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 2021.
Versión N°02, vigente desde el 01/12/2021 hasta el 09/09/2024
IMPORTANTE:
Mediante el Acuerdo N° 001-008-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2022/OSCE-CD, se precisa que en los casos que las directivas del OSCE hagan referencia al monto de ocho (8) UIT, se entiendan que el monto será de nueve (9) UIT; formalizado mediante Resolución Nº D000145-2022-OSCE-PRE de 18 de julio de 2022, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2022. Disposición que se encontraba vigente desde el 18 de julio hasta el 31 de diciembre de 2022.
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Mediante el Acuerdo N° 001-008-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2022/OSCE-CD, se precisa que en los casos que las directivas del OSCE hagan referencia al monto de ocho (8) UIT, se entiendan que el monto será de nueve (9) UIT; formalizado mediante Resolución Nº D000145-2022-OSCE-PRE de 18 de julio de 2022, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2022. Disposición que se encontraba vigente desde el 18 de julio hasta el 31 de diciembre de 2022.
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Versión anterior de la Directiva N°001-2020-OSCE/CD:
Aquí puedes acceder a la Versión N°01 de la Directiva N°001-2020-OSCE/CD, vigente desde el 29/05/2020
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