Acuerdo de Sala Plena N.° 07-2009/TC

25 de junio de 2009

Acuerdo de Sala referido a la evaluación y adopción de un criterio respecto de que como supuesto previo para imponer una sanción por la causal de no suscribir injustificadamente el contrato respectivo, la Entidad tiene la obligación de citar al postor adjudicatario dentro del plazo de dos días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, conforme señala el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Acuerdo de Sala Plena N° 07-2009/TCE

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