Resolución N.° 004-2020

18 de noviembre de 2020

Declarar INFUNDADA la denuncia presentada en el extremo de la presunta afectación del principio de imparcialidad, por la empresa SERPOST S.A. ante el Consejo
de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estada contra el Árbitro Martín Eduardo Musayón Boncayán, atendiendo a las razones expuestas en el numeral 3.3 de la presente Resolución./Declarar FUNDADA la denuncia por la afectación del principio de Debida Conducta Procedimental, presentada par la empresa SERPOST S.A. ante el Consejo de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado contra el Árbitro Martín Eduardo Musayón Bancayán conforme al numeral 5 del literal d) del artículo 216 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, considerado en el numeral 3.1. Respecto de la normativa aplicable, del punto 3. Análisis de la presente resolución./SANCIONAR con suspensión temporal de seis (6) meses al Árbitro Martín Eduardo Musayón Bancayán por la afectación del principio de Debida conducta procedimental.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado

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