Resolución N.° 001-2020

18 de noviembre de 2020

Declarar INFUNDADO el cuestionamiento presentado por el Consorcio GIS PUCALLPA sobre el fondo del laudo arbitral emitido por el Árbitro Juan Carlos Gerónima del Prado Ponce, atendiendo a las razones expuestas en el numeral 3.3 de la presente Resolución./ Declarar INFUNDADA la denuncia presentada por el Consorcio GIS PUCALLPA contra el árbitro Juan Carlos Gerónimo del Prado Ponce, por la presunta afectación al principio de Debida Conducta Procedimental prevista en el numeral 216.4 del artículo 216 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, atendiendo a las razones expuestas en el numeral 3.4 de la presente Resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado

Documentos

Vista preliminar de documento Resolucion N° 001-2020.pdf

Resolucion N° 001-2020.pdf

PDF
632.4 KB