Resolución de Presidencia N.° 178-2020-OSCE/PRE
15 de diciembre de 2020
- Formalizar la aprobación de la Directiva N° 011-2020-OSCE/CD "Servicios Arbitrales del OSCE", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, y entrará en vigencia el 31 de marzo de 2021.
- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo que deja sin efecto los numerales 7.1, 7.2, 7.7 y el numeral VIII de la Directiva N° 021-2016-OSCE/CD "Table de Gastos Arbitrales aplicable a los arbitrajes organizados y administrados por el OSCE y los arbitrajes Ad Hoc", aprobada por Resolución N° 238-2016-OSCE/PRE, a partir de la entrada en vigencia de la directiva aprobada en la presente Resolución.
- Formalizar la derogación de las siguientes directivas, a partir de la entrada en vigencia de la directiva aprobada en la presente Resolución:
- Directiva N° 018-2017-OSCE/CD
- Directiva N° 019-2012- OSCE
- Directiva N° 14-2017-OSCE/CD
- Directiva N° 16-2017-OSCE/CD
- Formalizar la aprobación de la modificación de los artículos 3, 5, 8 y 9 del Anexo N° 1 "DIsposiciones aplicables al árbitro de emergencia" de la Directiva N° 004-2020-OSCE/CD "Reglamento del Régimen Institucional de Arbitraje Especializado y Subsidiario en Contrataciones del Estado a cargo del SNA-OSCE" aprobada por Resolución N° 032-2020-OSCE-PRE, a partir de la entrada en vigencia de la directiva aprobada en el artículo 1, y conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
- Formalizar la aprobación de la modificación del numeral 7.9 de la Directiva Nº 021-2016-OSCE/CD "Tabla de Gastos Arbitrales aplicable a los arbitrajes organizados y administrados por el OSCE y los arbitrajes Ad Hoc" , aprobada por Resolución N° 238-2016-OSCE/PRE, a partir de la entrada en vigencia de la directiva aprobada en la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva