Comunicado respecto el artículo 2° de la Ley N° 32318

Comunicado respecto al artículo 2º de la Ley Nº 32318
Con el objetivo de brindar atención de calidad al pensionista o ciudadano, se pone en conocimiento respecto el artículo 2º de la Ley Nº 32318, el cual dispone que el monto de la bonificación económica mensual asciende a S/. 3,075.00 (Tres mil setenta y cinco con 00/100 Soles), que esta Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas ha efectuado las gestiones administrativas necesarias para su atención; por lo que, mediante el Oficio Nº 3520-2025-MINDEF/SG del 11/08/2025 se remitió al Ministerio de Economía y Finanzas, el proyecto de Decreto Supremo que autorice las transferencia de partidas para financiar el pago de la bonificación económica mensual otorgada a los calificados como Defensores de la Patria.
Estamos a la espera de la aprobación del referido Decreto Supremo a efectos de contar con los recursos que nos permita atender lo dispuesto en la Ley Nº 32318.