ONPE: Más de un centenar de candidatos obligados a entregar primer informe de campaña

Nota de prensa
En el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2023
Más de un centenar de candidatos obligados a entregar primer informe de campaña

6 de junio de 2023 - 12:34 p. m.

Los partidos políticos, movimientos regionales y 134 candidatos que participan en las elecciones municipales complementarias tienen plazo máximo hasta este viernes 9 de junio para presentar ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) su primera información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña.
 
Los partidos políticos obligados a dar a conocer sus ingresos y gastos de campaña, efectuados entre el 4 de enero y el 2 de junio de 2023, son Alianza para el Progreso, Partido Democrático Somos Perú y Juntos por el Perú. 
 
A su vez, los movimientos regionales con la misma exigencia son: Movimiento Regional Ayni (Huancavelica), Alianza Gobierno Unidad y Acción - AGUA (Áncash), Arequipa, Tradición y Futuro (Arequipa), Fuerza Arequipeña (Arequipa), Movimiento Independiente Regional Huánuco Primero (Huánuco) y el Movimiento Independiente Regional Mi Buen Vecino (Huánuco).También: Movimiento Regional Inka Pachakuteq (Cusco), Movimiento Regional Unidad Cívica Lima (Lima), Movimiento Regional Victoria Amazonense (Amazonas), Patria Joven (Lima) y Sentimiento Amazonense Regional (Amazonas).
 
Según muestra el aplicativo Claridad, hasta el 5 de junio, ningún partido político ni movimiento regional ha cumplido con entregar su primer informe de campaña. Asimismo, de los 134 candidatos obligados solo 18 han cumplido con entregar su primera información financiera de campaña dentro del plazo, con lo cual el nivel parcial de cumplimiento alcanza el 13.43%. 
 
Los candidatos deben tener en cuenta que los aportes en efectivo o en especie no deben superar de las 50 UIT (S/ 247,500) por aportante en la campaña electoral y aquellos aportes en efectivo superiores al 25 % de una UIT (S/1,237.5) tienen que canalizarse a través de una entidad financiera. Asimismo, los aportes privados en efectivo y en especie se efectúan mediante recibo de aporte, el mismo que debe contener el nombre de la organización política, nombre del candidato, numeración correlativa, fecha cierta de aporte, el monto del aporte, nombres completos del aportante, número de DNI y dirección del aportante, firma del aportante y firma del candidato o responsable de campaña.
 
En el caso de los aportes en especie, estos deben ser valorizados de acuerdo al precio del mercado al momento de la entrega del bien, de la transferencia de derecho o de la prestación del servicio. El candidato o responsable de campaña del candidato debe informar sobre el detalle del nombre de cada aportante, la entidad bancaria utilizada y la fecha de la transacción a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE.
 
Además, los candidatos no pueden recibir aportes de ningún tipo provenientes de empresas estatales, confesiones religiosas de cualquier denominación, personas jurídicas con fines de lucro, nacionales o extranjeras, y personas jurídicas nacionales sin fines de lucro. Tampoco se pueden recibir aportes de ningún tipo de personas que hayan sido condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada, o con mandato de prisión preventiva vigente por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavado de activos, terrorismo o crimen organizado. La prohibición se extiende hasta 10 años después de cumplida la condena. De igual manera, los candidatos no pueden recibir aportes de ningún tipo provenientes de fuentes anónimas. Salvo prueba en contrario, los aportes no declarados se presumen de fuente prohibida.
 
Los candidatos que no informen a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, los aportes, ingresos y gastos efectuados durante su campaña electoral en los plazos determinados, serán sancionados con una multa no menor de una (1) ni mayor de cinco (5) unidades impositivas tributarias
 
En caso de que el candidato reciba aportes de fuentes prohibidas señaladas en el artículo 31° de la Ley de Organizaciones Política (LOP) serán sancionados con una multa equivalente al íntegro de aporte recibido indebidamente.
 
La segunda entrega del informe financiero de campaña se realizará en un plazo no mayor a 15 días de concluido el proceso electoral con la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución que dispone su conclusión.