ONPE modifica reglamento de supervisión de fondos de partidos políticos

Nota de prensa
Para facilitar y mejorar rendición de cuentas
ONPE modifica reglamento de supervisión de fondos de partidos políticos

10 de mayo de 2023 - 2:04 p. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, luego de publicar sus propuestas de cambio y de recibir comentarios y aportes formulados por instituciones, organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos y ciudadanía.
 
Las principales modificaciones incorporadas al reglamento buscan garantizar el correcto empleo del dinero entregado en el marco del financiamiento público directo y facilitar así la rendición de cuentas que tienen que hacer actualmente nueve partidos políticos representados en el Parlamento.
 
El organismo electoral se ciñe a este reglamento cuando fiscaliza el destino de los fondos que el Estado otorga a partidos políticos y alianzas electorales, de acuerdo a la legislación vigente. Al tratarse dichos fondos de financiamiento público directo, su uso debe servir para fortalecer a las organizaciones políticas, pues éstas son piezas fundamentales en toda democracia.
 
La nueva versión del reglamento fue aprobada mediante la Resolución Jefatural N.° 000564-2023, publicada hoy en el diario El Peruano, y puede revisarse o descargarse ingresando a https://www.gob.pe/institucion/onpe/normas-legales/4207814-rj-564-2023-jn

Algunas modificaciones
 
Luego de evaluar casuística reciente, la ONPE vio la necesidad de incluir precisiones en el reglamento.
  • Los bienes muebles e inmuebles que adquiera la organización política con fondos del financiamiento público directo tienen que haber sido previamente inscritos en los Registros Públicos y estar sin gravamen.
  • El personal que contrate la organización política para labores de asesoramiento de naturaleza ordinaria debe contar, mínimo, con un año de experiencia en el rubro.
  • Si se requieren servicios de administración, investigación o capacitación técnica, deben contratarse entidades o personas con formación y experiencia acreditadas. Estos requisitos no se exigen para la formación política y, por tanto, los afiliados a una organización pueden seguir a cargo de las actividades destinadas a fomentar el conocimiento de sus idearios, principios, valores, planes y programas.
  • En relación a las actividades de difusión, se amplían los medios de comunicación a ser utilizados por las organizaciones políticas con la finalidad de mantener informados a los afiliados y a la ciudadanía en general.
  • Antes de contratar bienes y servicios, la organización política debe realizar una indagación de mercado, basándose en lo establecido en el reglamento.
  • El reglamento ahora detalla los diversos documentos que sirven para sustentar un gasto. Serán válidos contratos, cotizaciones, comprobantes de pago, listas de asistencia, certificados, evidencias fotográficas, etc.
  • Con respecto a los movimientos financieros y los registros contables, la ONPE recibirá información de la organización política y podrá solicitar información adicional cuando esta sea necesaria para verificar el uso de los fondos públicos.