Las reglas de juego tienden a reducir el numero de partidos.Los requisitos son cada vez mas rigurosos.

Nota de prensa

13 de mayo de 2003 - 12:00 a. m.

Los partidos han disminuido en numero desde que se restablecio la democracia en Bolivia. No es que no haya tiendas políticas, sino que hay una marcada tendencia a que las normas reduzcan cada vez mas la participacion de esas organizaciones. Segun registros de la Corte Nacional Electoral (CNE), entre 1985 a 2002, 46 tiendas políticas obtuvieron, renovaron o perdieron su personeria juridica. En el mismo lapso, otras 40 organizaciones intentaron acceder a ese reconocimiento legal. No hay una diferencia cuantitativa entre los partidos que tenian personeria juridica en 1985 y los que ahora la poseen, pero si una distincion cualitativa, pues las reglas actuales exigen que se cumplan determinados requisitos para continuar en la carrera politica. En las Elecciones presidenciales de 1985 participaron 18 frentes, que mantuvieron su vigencia pese a los resultados de la epoca: ACP, ADN, ARENA, AUR, FNP, FPU, FSB, IU, MIR, MNR, MNRI, MNRI-1, MNRV, MRTK, MRTKL, PDC, POR y PS-1. En cambio, en los comicios presidenciales del Año pasado se presentaron 11 partidos, ADN, MNR, UCS, MIP, MAS, NFR, MIR, LyJ, PS, MCC y Condepa. Los ultimos cuatro no alcanzaron una cantidad minima de votos (3,3 por ciento del total) que les permitiera mantener su existencia. Ocho tiendas políticas que tienen personeria juridica se abstuvieron de postular a sus candidatos en las Elecciones de 2002, pero pidieron permiso a la Corte Nacional Electoral. Estos son: PDC, FSB, PCB, VR-9, MRTKL, KND, MSM y Movibol. Entre tanto, VIMA y USTB obtuvieron su personeria el Año pasado. Instrumentos normativos El analista y ex vocal de la Corte Nacional Electoral Jorge Lazarte explico que con la recuperacion de la democracia, en 1982, se abrio un proceso de ?institucionalizacion de los partidos?, que derivo en fijar reglas ?cada vez mas precisas? para que sigan en la carrera politica. N°La regulacion no solo es una forma de contener su crecimiento descontrolado, sino de protegerlos porque los partidos que cumplen ciertas regulaciones son protegidos por el Estado?, dijo. El primer paso para regular la vigencia de los frentes políticos se dio en 1986. Segun los registros del ente electoral, en 1986 se modifico el articulo primero de las disposiciones transitorias de la Ley Electoral de 1980. Con el cambio en la normativa se instruyo a las tiendas políticas a regularizar su inscripcion y reconocimiento de personeria juridica, para lo cual debian presentar registros de militantes que acrediten a un percentaje igual o mayor al 0,5 por ciento de votantes en las Elecciones de 1985. De esta normativa quedaron exceptuados el MIR, MNR-V, MNRI, MNR y ADN, por haber obtenido mas de 50 mil votos en los comicios generales de ese Año. En cumplimiento de esa disposicion legal, entre el 27 y 30 de julio de 1987, el ente electoral ratifico la personeria juridica a 15 partidos que participaron en esas Elecciones. Tambien otorgo legalidad al Movimiento al Socialismo Unzaguista (MAS-Unzaguista), denominado hasta esa fecha como Falange Socialista Boliviana (FSB); al Partido Patria Socialista (PPS); a VR-9, que hasta entonces era MNRV; a Izquierda Democratica, que llevaba el nombre de MNRI, y a PRS-MQ, que era PS-1 MQ. En 1988, el organismo electoral otorgo el reconocimiento juridico a Condepa, MRTKL, IU ?integrada por MBL, PCB, EJE y MAS-U?, FULKA, UCS y MST. Un segundo paso para regularizar la situacion de las tiendas políticas se dio en 1989. Ese Año el organismo electoral, mediante una resolucion, dispuso que ?los partidos políticos, frentes o coaliciones que no logren obtener cincuenta mil votos? en las Elecciones generales, ?pagaran el monto correspondiente a la aliicuota parte de cada una de las diez candidaturas del valor del costo del material electoral que se usara?. Dicha resolucion fijaba una multa de 49.163 bolivianos. La Ley Electoral vigente desde ese Año establecia, en su articulo 207, que la devolucion de los costos debia hacerse efectiva al terc