Municipios solicitan asistencia Técnica a la ONPE para Elección de los representantes de la sociedad civil

Nota de prensa

8 de noviembre de 2003 - 12:00 a. m.

En su condicion de maximo organismo electoral en la planificacion, organización y ejecucion de los procesos electorales, de referendum u otras consultas populares, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene brindando asistencia Técnica electoral en materias de su competencia para la Elección de los representantes de la sociedad civil ante los Consejos de coordinación Local Provincial o Distrital de las Municipalidades del pais que, segun la Ley Organica de Municipalidades, son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) Años. La asistencia Técnica de la ONPE ocurre a pedido de los propios Gobiernos Locales y consiste en Capacitación electoral especializada sobre los procedimientos electorales, incluyendo asesoramiento en el diseño de la cedula de sufragio y actas electorales (de instalacion, sufragio y de escrutinio), charlas de Capacitación y simulacro de votacion a las autoridades de municipio y a las organizaciones de base participantes. Asimismo, asesoramiento el dia mismo de los comicios y el apoyo logistico pertinente: anfora, cabina de votacion, lapiceros, tampon y etiquetas autoadhesivas para proteger los resultados, material indispensable para la realizacion de Elecciones limpias y transparentes, en su totalidad reciclado de anteriores procesos, y conforme a la Ley Organica de Elecciones. La Elección de los representantes de la sociedad civil ante los Consejos de coordinación Local Provincial o Distrital de las Municipalidades del pais, con asistencia Técnica de la ONPE, constituira una oportunidad para reconocer la importancia de las propuestas de las organizaciones de la comunidad y fortalecer los mecanismos de participacion y las practicas democraticas de la ciudadania organizada. Los Consejos de coordinación, segun la Ley Organica de Municipalidades, son organos de coordinación y concertacion de las Municipalidades Provinciales o Distritales y tienen como funciones: coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y Presupuesto Participativo, proponer proyectos de inversion y de servicios publicos, proponer convenios de cooperacion para la prestacion de servicios publicos, promover la formación de fondos de inversion como estimulo a la inversion privada en apoyo del desarrollo economico local sostenible, entre otras. No ejercen funciones ni actos de gobierno, segun lo disponen los articulos 100 y 104 de la referida ley. Consejo de coordinación Provincial El Consejo de coordinación Local Provincial esta integrado, segun la Ley Organica de Municipalidades, por el Alcalde Provincial, que lo preside, y los regidores provinciales; por los Alcaldes Distritales de la respectiva jurisdiccion provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciónes, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales; universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial. La proporcion de los representantes de la sociedad civil sera del 40% del numero que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Provincial mas el total de los Alcaldes Distritales de la jurisdiccion provincial que corresponda. Los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente, por un periodo de 2 (dos) Años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel provincial, que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Provincial, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de 3 (tres) Años de actividad institucional comprobada. Consejo de coordinación Distrital A su vez, la Ley Organica de Municipalidades establece que el Consejo de coordinación Local Distrital esta integrado por el Alcalde Distrital, que lo preside, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdiccion distrital y por los representantes de las