Carlos Blancas: ?Constitucion no impide que Onpe fiscalice partidos" (Diario Expreso)
Nota de prensa4 de noviembre de 2003 - 12:00 a. m.
El jurista Carlos Blancas aclaro que no existe norma constitucional especifica que impida que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe) se encargue de la fiscalizacion de los recursos de los partidos políticos, tal como lo se?ala la recientemente promulgada Ley de Partidos Políticos. Blancas Bustamante explico que la Constitucion le atribuye al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la funcion del registro de los partidos políticos, pero en lo referente al control de los recursos o los procedimientos a seguir en el caso de la fiscalizacion a los mismos, ?no existe una norma constitucional especifica, de modo que no hay ningun inconveniente para que se encargue a la Onpe la fiscalizacion de los partidos en esta materia?. VENTAJA En dialogo con EXPRESO, el letrado tambien se refirio a la ventaja de que la Onpe sea la que sancione a las agrupaciones que incumplan con las normas establecidas para el financiamiento, en el sentido de que esto permite que los partidos que no estan de acuerdo con una decision, sancion o medida adoptada por ese organismo electoral, tienen la posibilidad de recurrir al Jurado, que viene a ser la segunda y ultima instancia. N°No es que el JNE carezca de competencia en esta materia, sino que mas bien, de acuerdo con la funcion que tiene como ente de solucion de conflictos de caracter electoral y de ente fiscalizador, el JNE se reserva la posicion de ultima instancia frente a cualquier reclamo que puedan interponer los partidos contra decisiones o medidas que adopte la Onpe?, asevero Blancas. Administracion y control de los recursos El sexto y ultimo titulo de la Ley de Partidos Políticos esta referido al financiamiento de los mismos. Segun la norma, todos los partidos registrados en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recibiran financiamiento publico y privado. Pero, ?quien administrara y controlara los recursos? La recepcion y el gasto de los fondos partidarios son competencia exclusiva de la Tesoreria y los partidos deberan prever un sistema de control interno que garantice la adecuada utilizacion de los aportes. La verificación y control externo de la actividad economico-financiera de los partidos corresponde a la Onpe, a traves de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios. En el plazo de seis meses, contados a partir del cierre de cada ejercicio anual, los partidos presentaran un informe financiero ante esta gerencia y esta se pronunciara al respecto, transcurridos ocho meses desde la recepcion de la documentacion. Ver articulo en Expreso Ir a la Ley de Partidos