COMUNICADO(ONPE, JNE, RENIEC): Consulta de Revocatoria del Mandato de Autoridades Regionales y Municipales 2004

Nota de prensa

22 de febrero de 2004 - 12:00 a. m.

CALENDARIO ELECTORAL La organización de un proceso electoral requiere la previa determinacion de las circunscripciones electorales por lo que es necesario fijar fechas limite para el proceso de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales. Los organismos electorales estiman que la consulta popular para la revocatoria del mandato de autoridades se realizaria en el mes de octubre del presente Año lo que determinaria que: N° De aprobarse iniciativas de revocatoria del mandato de autoridades, la convocatoria para este proceso se llevaria a cabo en el mes de abril del Año en curso. N° La presentación de listas de adherentes para verificación de firmas ante el RENIEC serian admitidas hasta el 2 de abril y la presentación de la solicitud de revocatoria ante la ONPE seria admitida hasta el 15 de abril. Cabe precisar que de exceder los plazos se?alados en el parrafo anterior los ciudadanos podran seguir adquiriendo el kit electoral y recolectando firmas de manera continua para su inclusion en las siguientes consultas que se programen para este fin.
El Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil comunican a la opinion publica lo siguiente: PROCEDIMIENTO PARA INICIACION DEL TRAMITE 1. El Kit Electoral para la recoleccion de firmas se adquiere en ONPE. 2. Los planillones con las firmas se entregaran a RENIEC para su verificación. 3. El RENIEC examina las firmas de adherentes y de alcanzar el numero requerido emite el acta de verificación en dos originales. El orden para la verificación de firmas sera el de la presentación de los expedientes. 4. El promotor acude con uno de los ejemplares del acta y los demas requisitos formales a la ONPE. 5. La ONPE verifica el cumplimiento de todos los requisitos formales y remite los expedientes al JNE para su admision. 6. El JNE, previa evaluacion, procedera a la convocatoria del proceso de consulta de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales.