ONPE y Somos Perú firman hoy Convenio de Cooperacion Técnica para adecuardse a la nueva Ley de Partidos Políticos

Nota de prensa

22 de abril de 2004 - 12:00 a. m.

El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Dr. Fernando Tuesta Soldevilla, y el presidente del Partido Somos Perú, Dr. Alberto Andrade Carmona, firman hoy, jueves 22 de abril, al mediodia, un Convenio Marco de Asistencia y Asesoría Técnica, a fin de que la organización politica pueda adecuarse la Ley de Partidos Políticos. El acto se desarrollara en la sede central de la maxima autoridad electoral en la planificacion, organización y ejecucion de procesos electorales, Jr. Nazca N° 598, Jesús María. El convenio marco permitira - via nuevos acuerdos - que la organización politica cuente con la asesoría y asistencia Técnicas para el desarrollo de diversos procesos electores internos, el primero de los cuales, el Congreso Regional de Lima, se realizara el proximo 12 de junio. Como se sabe, la primera disposicion transitoria de la Ley de Partidos Políticos establece que los partidos políticos con inscripcion vigente la mantienen sin necesidad de presentar las firmas de adherentes, pero dispone tambien que en un plazo de quince meses posteriores a la entrada en vigencia de la Ley - es decir el primero de Febrero del 2005- deben acreditar los demas requisitos exigidos para la inscripcion en el Registro de Organizaciones Políticas. El Titulo II de la Ley Partidos Políticos, relacionado con la ?Constitucion y reconocimiento de los Partidos Políticos?, establece en su articulo 5? los nuevos requisitos para la inscripcion de partidos políticos. Alli se menciona que ?la solicitud de registro de un partido político se efectua en un solo acto y debe estar acompa?ada del Acta de Fundacion, la relacion de adherentes en numero no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas Elecciones de caracter nacional, con la firma y el Documento Nacional de Identidad de cada una de estos, las Actas de Constitucion de comités partidarios, el Estatuto del Partido, la designacion de los personeros legales titulares y alternos y la designacion de uno o mas representantes legales del partito político . GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL