ONPE define los partidos que tendran derecho a espacios gratuitos en la TV y radio del estado
Nota de prensa4 de mayo de 2004 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE- ha definido las organizaciones políticas que, por mandato de la Ley de Partidos, tendran derecho a disponer -cada una- de cinco minutos mensuales en forma gratuita, en la TV y radio del Estado para difundir sus propuestas y planteamientos de gobierno en epoca no electoral. Sin embargo, la norma deja abierto el camino y establece el procedimiento para que nuevos partidos políticos o alianzas de partidos se sumen a las organizaciones inicialmente establecidas a fin de contar tambien con los espacios gratuitos en epoca no electoral. Las agrupaciones políticas establecidas inicialmente son: Partido Perú Posible, Partido Aprista Peruano, Alianza Electoral Unidad Nacional, Frente Independiente Moralizador, Partido Unión por el Perú. Partido Democratico Somos Perú, Partido Acción Popular, Alianza Electoral Cambio 90-Nueva Mayoria, Partido Reconstruccion Democratica y el Partido Renacimiento Andino. La lista de agrupaciones políticas quedo oficializada el ultimo sabado 01 de mayo, a traves de la Resolucion Gerencial N°001-2004-GIEE/ONPE, la cual concede a los citados partidos un plazo maximo de diez (10) dias naturales, contados a partir de la publicacion de la resolucion, para que acrediten a sus personeros y respectivos suplentes, a fin de autorizar la difusion de sus propuestas y planteamientos en los medios de comunicacion del Estado. La solicitud debe ser enviada a la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE. Igualmente, la norma establece el proximo 17 de mayo como fecha para la realizacion del sorteo para determinar el orden de aparicion de los partidos políticos y alianzas de partidos en los citados espacios. Como se sabe, la Gerencia de Información y Educación Electoral de la maxima autoridad en la planificacion, organización y ejecucion de procesos electorales, ha quedado encargada temporalmente de asignar los espacios gratuitos a que tienen derechos los partidos en tanto se constituya la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios por mandato del articulo 41? de la Ley de Partidos Políticos. Jesús María, 4 de mayo del 2004