Un centenar de personeros analizo con ONPE adecuacion a la Ley de Partidos Políticos
Nota de prensa20 de mayo de 2004 - 12:00 a. m.
Casi un centenar de personeros pertenecientes a una veintena de organizaciones políticas analizaron en detalle los pasos necesarios para su adecuacion a la Ley Partidos Políticos con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), durante el primer seminario taller ?Ley de Partidos Políticos: Perspectivas y Tareas?, organizado por la maxima autoridad electoral en el planeamiento, planificacion y ejecucion de procesos electorales. El certamen, que supero todas las expectativas de asistencia, permitio que por espacio de mas de 5 horas, los personeros de diversas organizaciones políticas del pais intercambiaran puntos de vista con los especialistas electorales de la ONPE respecto a las diversas aristas de la Ley, como el referido a los requisitos para la inscripcion: Acta de Fundacion, Relacion de Firmas de Adherentes, Actas de Constitucion, Estatuto del Partido. La exposicion central ? denominada ?Las exigencias de la Ley de Partidos Políticos?- estuvo a cargo del Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Dr. Fernando Tuesta Soldevilla, quien inicio su disertacion precisando que la Ley de Partidos debio esperar cerca de 20 Años en ser aprobada en el Perú. ?Se dice que la ley es imperfecta, que no es exigente, pero para ser justos hay que decir que es preferible tener esta ley que no tenerla y a partir de esta poder perfeccionarla?. N°La ley no va a solucionar los problemas de la representación politica pero si creo que desarrolla un nivel de espacio a partir de cual se puede permitir que los partidos se desarrollen. Igualmente debo resaltar que es la primera ley del pais, posterior a la Constitucion de 1993, que establece de manera clara y precisa que las competencias administrativas en relacion a los organos electorales se situan en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y las competencias jurisdiccionales son ubicadas en el Jurado Nacionales de Elecciones (JNE)?, refirio. Comento que este planteamiento no solo ha sido se?alado y demostrado por ONPE. En ese sentido, recordo que, por segunda vez, la Comision de Constitucion del Congreso ha dictaminado, el ultimo lunes, una reforma de la Constitucion en el titulo de los organismos electorales, donde se?ala que deben haber estas competencias en organos distintos: la administrativo electoral en ONPE y lo jurisdiccional en el Jurado Nacional de Elecciones. Segun el Dr. Fernando Tuesta esta decision abre el camino a una solucion definitiva a un hecho de publico conocimiento como ha sido el problema de las competencias. ?Esperamos que el pleno del Congreso apruebe la reforma planteada?, subrayo. Los partidos deben ser canales de representación Seguidamente, dijo que la Ley de Partidos Políticos contribuye a uno de los propositos fundamentales de todo aquel que considera que el sistema de partidos constituye las columnas centrales del sistema democratico. N°En sistemas democraticos la representación no solamente se viabiliza y canaliza a traves de los Partidos Políticos, sino que estos deben ser altamente representativos y para eso suceda deben ser nacionales, de una amplia y variada representación. Esta condicion no todos la podran alcanzar?, refirio, A?adio que ?es bueno que todos no la puedan alcanzar pues si asi fuera en realidad tendriamos escenarios muy parecidos a aquellos momentos de los Años 90 donde hay una pulverizacion de la representación y los partidos dejan de ser canales de representación para dejar espacios al caudillismo, a los famosos outsider, a los independientes, quienes configuran este bolson de una suerte de representación ad hoc, efimera, coyuntural, que no contribuyen a articular un sistema de partidos?, manifesto. Por esta razon, advirtio, la ley de partidos da mayores derechos a los partidos pero tambien exige que estas organizaciones que intentan ingresar al sistema de partidos tengan que pasar una vaya alta . Pero a los que estan en el sistema tambien se les exige que pa