A la opinion publica: sobre el uso de los espacios no electorales

Nota de prensa

17 de junio de 2005 - 12:00 a. m.

Ante versiones inexactas respecto al uso de los espacios no electorales por parte de las organizaciones políticas en medios de comunicacion del Estado, la Oficina Nacional de Procesos Electorales se ve en la obligacion de aclarar lo siguiente: 1) La ONPE no ha buscado, ni busca enfrentamiento alguno con sus pares integrantes del Sistema Electoral. Nuestra politica en el marco de la Constitucion y las leyes, es y sera respetar la autonomia de cada uno de ellos y mantener relaciones de coordinación, de acuerdo a sus atribuciones. 2) Sin embargo, un comunicado del Jurado Nacional de Elecciones ha originado desinformación y confusion, al citar inexplicablemente una resolucion de la ONPE que se encuentra derogada (R.J. N° 077-2004-J/ONPE). En dicho comunicado se pretende atribuir a la ONPE competencia para aprobar o desaprobar los mensajes que los partidos políticos con derecho a dicho espacio, deciden difundir. 3) El Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios vigente (R.J.N° 060-2005-J/ONPE) establece que el espacio debe ser usado exclusivamente para la difusion de propuestas y planteamientos y prohibe utilizarlos para publicidad con fines electorales. En ningun caso plantea la posibilidad de que la ONPE sea competente para decidir si estos se difunden o no de acuerdo a su contenido. 4) Las competencias de los organismos publicos deben ser se?aladas expresamente por Ley aprobada por el Congreso. Ni la Ley de Partidos Políticos, ni la Ley Organica de la ONPE u otra norma legal, asigna a la ONPE competencia de revisar los contenidos de los mensajes que emiten los partidos políticos en uso de los derechos que por ley les corresponde. Es decir, no puede hacer una censura previa de los mismos, para decidir su publicacion. 5) Es competencia del Jurado Nacional de Elecciones, aprobar la inscripcion de los partidos políticos en el Registro de Organizaciones Políticas que este organo electoral administra. Es asi, que en uso de sus atribuciones emitio la Resolucion N° 009-2005-OROP/JNE aceptando la inscripcion del partido político "Si Cumple", con su respectivo Estatuto, donde registra como su Presidente Fundador y uno de sus representantes legales, al Se?or Alberto Fujimori Fujimori y como fundadora a la Señora Congresista Martha Moyano Delgado. 6) La Oficina Nacional de Procesos Electorales ratifica que su acciónar en este y otros temas, es y sera transparente, en apego total y absoluto a la Constitucion del Estado y las leyes vigentes. GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL