Proceso de contratacion y adquisicion de bienes y servicios para las Elecciones generales 2006

Nota de prensa

7 de febrero de 2006 - 12:00 a. m.

COMUNICADO N° 2 Ante recientes informaciónes relativas al proceso de contrataciones y adquisiciones realizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), cumplimos con precisar lo siguiente: 1. Mediante la Decimo Cuarta Disposicion Final de la Ley N° 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2006, aprobada por el Congreso de la Republica, los organismos electorales quedan exceptuados de la aplicacion de las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias para las contrataciones y adquisiciones que tengan por objeto el desarrollo de las Elecciones Generales 2006. 2. La ONPE efectuo coordinaciónes con el CONSUCODE respecto a los mecanismos de registro y control de las contrataciones y adquisiciones. Esta entidad, mediante Oficio N° 1100-2005/GTN/MON, de fecha 28 de diciembre de 2005, recomendo que los procesos de contrataciones y adquisiciones se incorporen al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) y se registren en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado -SEACE. 3. La ONPE ha incorporado todas las recomendaciones efectuadas por el CONSUCODE. 4. Buscando asegurar el principio de transparencia y por propia iniciativa, la Jefatura de la ONPE aprobo mediante la Resolucion Jefatural N° 353-2005-J/ONPE del 30 de diciembre de 2005, el Procedimiento de Contrataciones y Adquisiciones para las Elecciones Generales 2006, el mismo que determina, entre otros, la obligatoriedad de efectuar indagaciones y/o estudios de mercado, la designacion de Comités de Evaluacion, asi como la invitación a diversas empresas. 5. Tanto el Procedimiento como el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, se encuentran publicados en la pagina Web de este organismo electoral, por lo que invitamos a los interesados a informarse debidamente antes de imputar cualquier irregularidad sin sustento alguno. GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL Jesús María, 6 de febrero de 2006