ONPE es la unica entidad encargada de ofrecer resultados oficiales

Nota de prensa

2 de junio de 2006 - 12:00 a. m.

Las proyecciones o muestreos deben tomarse con cautela La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recuerda a la ciudadania que las proyecciones a boca de urna y otros, propalados por los medios de comunicacion el dia 04 de junio, no constituiran -de ningun modo- los resultados oficiales de la Segunda Elección Presidencial, los cuales solo pueden ser brindados por este organismo electoral. Las proyecciones difundidas luego del cierre de la votacion (16:00 horas) pueden tener margenes de error y ser diferentes a los resultados oficiales que en su oportunidad brindara la ONPE. En tal sentido, este organismo electoral hace un llamado a la poblacion para que reciba con cautela la información no oficial. Segun el articulo 182 de la Constitucion Politica del Perú, la ONPE es el unico organismo que tiene a su cargo la difusion de los resultados de los comicios que organiza y lleva a cabo. Esta norma esta refrendada en el articulo 320 de la Ley Organica de Elecciones (LOE). Luego de finalizado los comicios, las actas de sufragio ?con los resultados de cada una de las mesas- son remitidos a los 60 centros de computo a nivel nacional, donde se procesan y digitan. Posteriormente, estos avances de resultados son propalados en conferencias de prensa, comunicados o en la pagina web institucional. La ONPE tambien aclara que no necesariamente los indicadores de los primeros avances de resultados brindados por esta institución son los definitivos, ya que conforme llegan las actas a los centros de computo y aumente el porcentaje de estas, la tendencia de los resultados pueden variar hasta llegar a computar el 100% de las actas, incluyendo aquellas que fueron calificadas como observadas Al respecto, cabe aclarar que las actas con los resultados llegan desde los locales de votacion hasta los centros de computo de la ONPE en un sobre plomo. Alli, se digita en dos oportunidades la información que contiene cada acta y luego se verifica lo digitado. Si la doble digitacion no coincide, el sistema rechaza este proceso y solicita que se vuelva a digitar. Si luego, ambas digitaciones coinciden, se determina que el acta es "normal" y se contabiliza como tal, de lo contrario, esta es enviada al Jurado Electoral Especiale (JEE) en calidad de ?observada? para que sea resuelta por esta instancia jurisdiccional. Solo las actas que han pasado por los niveles de digitacion y verificación sin ningun problema, forman parte integrante de los resultados del proceso. Las actas observadas tras ser resueltas por los JEE o el JNE, tambien pasan este proceso, siendo posteriormente digitalizadas con su respectiva resolucion. Lima, 02 de junio de 2006 GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL