ONPE aprueba disposiciones para garantizar seguridad en Elecciones regionales y municipales
Nota de prensa4 de setiembre de 2006 - 12:00 a. m.
* Fuerzas del orden daran seguridad en la organización y ejecucion de los comicios hasta la entrega oficial de resultados * Las FF. AA y la PNP brindaran un tratamiento especial a las zonas declaradas en emergencia La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), de conformidad con el articulo 186? de la Constitucion Politica del Perú, concordante con el articulo 40? de la Ley Organica de Elecciones, aprobo las disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la libertad personal en las Elecciones regionales y municipales, a realizarse el proximo 19 de noviembre. La resolucion, publicada el domingo 3 de setiembre en el diario oficial El Peruano, establece que estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas (FF.AA) y la Policia Nacional del Perú (PNP), a traves de una permanente coordinación con la Secretaria General de la ONPE y con las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE). Tambien indica que las medidas de seguridad y de orden interno que dispongan las FF.AA. y la PNP, previa coordinación entre ambas, estan dirigidas a la proteccion y resguardo de los electores, miembros de mesa, personeros de las organizaciones políticas, observadores, candidatos y funcionarios de los organismos electorales. Incluye, asimismo, a las sedes centrales de los organismos que conforman el sistema electoral y sus instancias descentralizadas: Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), Jurados Electorales Especiales (JEE) y oficinas del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), hasta la proclamacion de los resultados oficiales. De igual manera, vigilaran los locales de la ONPE donde se produce el material electoral y custodiaran el traslado y recojo de dicho material, desde Lima hasta los locales de votacion en todo el Perú y viceversa. En tanto el articulo cuatro del capitulo II de la mencionada resolucion se?ala que las fueras del orden deberan brindar un tratamiento especial a las zonas declaradas en emergencia, permitiendo el ejercicio del derecho al voto de los electores de tales zonas. Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Perú deberan brindar seguridad externa e interna de los locales de votacion desde el 17 de noviembre (48 horas antes de los comicios) hasta que concluya el escrutinio de las actas y su remision a los centros de computo de las ODPE. Apoyaran para mantener el libre transito de los electores desde el dia anterior al de la Elección y - durante la jornada electoral- cautelaran las garantias a la libertad de los votantes, miembros de mesa, personeros y observadores impidiendo que haya coacción, cohecho, soborno u otra acción que tienda a coactar la libertad del elector. Por ese motivo, el 19 de noviembre, los efectivos solamente permitiran ingresar a los locales de votacion, a quienes les corresponda votar en ese lugar, a los funcionarios de los organismos electorales, al personal de supervision electoral de la Defensoria del Pueblo, al personal del Ministerio Publico, a los personeros de los partidos políticos y a los observadores debidamente acreditados. Tambien permitiran el acceso a personas que acompa?en a electores con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas y lactantes, asi como de periodistas (previa coordinación con el coordinador de local y siempre que este lo autorice). Las puertas de los locales se cerraran a las 16:00 horas y, a partir de ese momento, solo se permitira el ingreso de personas autorizadas. Lima, 4 de setiembre de 2006 GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL