Miembros de mesa que ejercieron el cargo en dos o mas Elecciones, desde el 2000, no desempe?aran dicha labor

Nota de prensa

11 de setiembre de 2006 - 12:00 a. m.

ONPE aprueba disposiciones sobre el procedimiento de Sorteo de Miembros de Mesa para las Elecciones de noviembre Los miembros de mesa que, desde el Año 2000 ejercieron el cargo en dos o mas Elecciones, no volveran a ejercer dicho cargo en las Elecciones regionales y municipales del proximo 19 de noviembre. Para este efecto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) publico la Resolucion Jefatural N° 210-2006-J/ONPE donde establece que dichos electores seran excluidos del procedimiento de sElección de la lista de veinticinco ciudadanos, sobre cuya base se realiza el sorteo para elegir a los miembros de mesa para los comicios de noviembre. La excepcion de dichos ciudadanos fue dispuesta en razon de que, si bien el articulo 55? de la Ley Organica de Elecciones dispone que para el cargo de miembro de mesa se prefiere a los electores con mayor grado de instruccion o los que aun no hayan realizado dicha labor, se ha verificado que muchos de ellos resultan sorteados en reiteradas oportunidades. Mayores de 70 Años La misma norma igualmente dispone que los votantes mayores de 70 Años que resulten designados como miembros de mesa (titulares o suplentes), y que por cualquier circunstancia no lleguen a ejercer tal funcion, no sean considerados omisos. La presElección de 25 ciudadanos se realizara el proximo 16 de setiembre y el sorteo definitivo de los miembros de mesa se desarrollara el 26 de setiembre. La Resolucion recuerda que la ONPE es el organismo constitucionalmente autonomo competente para realizar el sorteo y que de conformidad con el inciso g) del articulo 5? de su Ley Organica, dicta las resoluciones y reglamentacion necesaria para su funcionamiento. En ese sentido, se encarga a la Gerencia de Sistemas e Informatica Electoral de este organismo electoral, tomar las medidas pertinentes para el cumplimiento de las referidas instrucciones. El Jurado Nacional de Elecciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) han sido comunicados de estas disposiciones sobre el procedimiento de sorteo de miembros de mesa para las Elecciones regionales y municipales 2006. Lima, 09 de setiembre de 2006 GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL