De acuerdo a ley, solo la cedula para la Elección regional incluye la foto del candidato

Nota de prensa

13 de noviembre de 2006 - 12:00 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informa que, de acuerdo a la Ley Organica de Elecciones, solo las cedulas de sufragio que corresponden a los comicios regionales incluyen la foto del candidato a la Presidencia de la Region. En ese sentido, las cedulas de sufragio para la Elección de autoridades municipales, ya sean provinciales o distritales, unicamente consignan el nombre y el simbolo o numero de la organización politica. CEDULA REGIONAL CON FOTO La cedula para elegir a las autoridades regionales consta de una sola columna (formato vertical). Su diseño es a cuatro colores en el anverso y un color en el reverso. Mide 14.85 cm. de ancho y, de acuerdo al numero de organizaciones políticas inscritas en cada circunscripcion, el largo se incrementara proporcionalmente desde los 21 cm. hasta 46 cm. En el anverso se consigna el nombre y el simbolo de la organización politica, asi como la fotografia del candidato, impresos a todo color. CEDULA PARA LA Elección MUNICIPAL La cedula para elegir a las autoridades municipales tiene dos presentaciones: 1) Provincial - Distrital y 2) Provincial. 1) Provincial-Distrital.- Esta dividida en dos columnas: La de la izquierda, con fondo de color rosado, que corresponde a la Elección municipal provincial y la de la derecha, con fondo color celeste, que concierne a la Elección municipal distrital. Ambas secciones contienen los espacios para colocar el nombre, el simbolo y/o numero de la organización politica. Los simbolos estan impresos a todo color. Su tamAño minimo es de 24 cm. de ancho y, de acuerdo al numero de organizaciones políticas, el largo se incrementara proporcionalmente desde los 14.85 cm. hasta un maximo de 46 cm. 2) Provincial.- Su formato es vertical, ya que solo incluye la columna de la Elección provincial. El tamAño minimo de esta cedula es de 14.85 cm. de ancho y, de acuerdo al numero de organizaciones políticas que se presenten en cada circunscripcion, el largo se incrementara proporcionalmente desde los 21 cm. hasta un maximo de 46 cm. Simbolos y numeros Asimismo, debemos se?alar que, en la cedula municipal, las organizaciones políticas que estan facultadas para usar su simbolo son las que tienen alcance nacional y regional, es decir los partidos políticos y los movimientos. En el caso de las organizaciones políticas locales, lo haran con los numeros que fueron asignados mediante el sorteo publico que realizo la ONPE. Estas medidas responden a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 27734 -promulgada el 6 de mayo de 2002- la cual modifica la Ley de Elecciones Municipales. Lima, 13 de noviembre de 2006 GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL