ONPE aprueba relacion de partidos políticos con derecho a usar espacio de radio y television estatal en periodo no electoral
Nota de prensa26 de febrero de 2007 - 12:00 a. m.
En cumplimiento de la Ley de Partidos Políticos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha aprobado la relacion de partidos políticos con derecho a usar espacios gratuitos en los medios de comunicacion del Estado para la difusion de sus propuestas y planteamientos.
Se trata de una forma de financiamiento publico indirecto -establecido por la mencionada ley- que consiste en otorgar un espacio de 5 (cinco) minutos mensuales en el Instituto de Radio y Television del Perú (IRTP) para cada una de las organizaciones políticas con representación en el Congreso.
Dicha relacion (publicada hoy en el diario oficial El Peruano, mediante la Resolucion Gerencial N° 002-2007-GSFP-ONPE) regira hasta la proxima Elección general e incluye a los siguientes partidos políticos: Acción Popular, Agrupacion Independiente Si Cumple, Cambio 90, Nueva Mayoria, Partido Aprista Peruano, Partido Democratico Somos Perú, Partido Nacionalista Peruano, Partido Popular Cristiano, Perú Posible, Renovacion Nacional, Restauracion Nacional , Solidaridad Nacional y Unión por el Perú.
Para este efecto, la ONPE publico (a traves de la RG N° 001-207-GSFP, publicada el 2 de febrero de 2007) la relacion de partidos políticos, debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (OROP) que cuentan con este derecho. Transcurrido el plazo establecido por el Reglamento correspondiente, y no habiendose presentado nuevas solicitudes de incorporacion de organizaciones políticas, la ONPE esta facultada para disponer al respecto.
Las organizaciones políticas se?aladas tienen un plazo maximo de quince dias naturales contados a partir de la fecha, para impugnar la resolucion hoy publicada, ante la jefa nacional de la ONPE.
Cada partido político debe acreditar a un representante y su respectivo suplente, quienes son los unicos facultados para entregar y autorizar la difusion de las grabaciones a las estaciones de radio y television.
Esta acreditacion debe hacerse ante la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios de la ONPE, unidad organica responsable de vigilar que la difusion de los espacios no electorales se lleve a cabo de acuerdo a lo se?alado en la Ley y el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios.
Lima, 26 de febrero de 2007
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL
Se trata de una forma de financiamiento publico indirecto -establecido por la mencionada ley- que consiste en otorgar un espacio de 5 (cinco) minutos mensuales en el Instituto de Radio y Television del Perú (IRTP) para cada una de las organizaciones políticas con representación en el Congreso.
Dicha relacion (publicada hoy en el diario oficial El Peruano, mediante la Resolucion Gerencial N° 002-2007-GSFP-ONPE) regira hasta la proxima Elección general e incluye a los siguientes partidos políticos: Acción Popular, Agrupacion Independiente Si Cumple, Cambio 90, Nueva Mayoria, Partido Aprista Peruano, Partido Democratico Somos Perú, Partido Nacionalista Peruano, Partido Popular Cristiano, Perú Posible, Renovacion Nacional, Restauracion Nacional , Solidaridad Nacional y Unión por el Perú.
Para este efecto, la ONPE publico (a traves de la RG N° 001-207-GSFP, publicada el 2 de febrero de 2007) la relacion de partidos políticos, debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (OROP) que cuentan con este derecho. Transcurrido el plazo establecido por el Reglamento correspondiente, y no habiendose presentado nuevas solicitudes de incorporacion de organizaciones políticas, la ONPE esta facultada para disponer al respecto.
Las organizaciones políticas se?aladas tienen un plazo maximo de quince dias naturales contados a partir de la fecha, para impugnar la resolucion hoy publicada, ante la jefa nacional de la ONPE.
Cada partido político debe acreditar a un representante y su respectivo suplente, quienes son los unicos facultados para entregar y autorizar la difusion de las grabaciones a las estaciones de radio y television.
Esta acreditacion debe hacerse ante la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios de la ONPE, unidad organica responsable de vigilar que la difusion de los espacios no electorales se lleve a cabo de acuerdo a lo se?alado en la Ley y el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios.
Lima, 26 de febrero de 2007
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL