Tranquilidad impera en los 24 distritos donde habra Elecciones mañana 1 de Julio

Nota de prensa

30 de junio de 2007 - 12:00 a. m.

En relacion a los hechos sucedidos el dia de ayer con el ciudadano Carlos Rivera Paz, la Oficina Nacional de Procesos Electorales desea informar lo siguiente:

1. Segun lo establecido en su Ley Organica y en la Ley de Partidos Políticos, la ONPE es la institución competente para realizar la venta del Kit Electoral y la verificación de las firmas de adherentes de las organizaciones que desean su inscripcion como partido político.

2. El 11 de octubre de 2001, el Sr. Carlos Rivera Paz adquirio un Kit Electoral para la organización politica de alcance nacional ?Partido por la Democracia Social? ?Compromiso Perú?.

3. El 17 de septiembre de 2004 el señor Carlos Romero Rivera, mediante expediente 7405 ?2004?, entrego a la ONPE los formatos 02 y 03 (requisitos para iniciar la verificación de firmas), suscritos por el señor Carlos Rivera Paz.

4. En el periodo comprendido entre el 27 de septiembre y 1 de octubre de 2004, se realizo dentro del proceso de verificación de firmas el peritaje grafotecnico de las firmas entregadas. De este peritaje se desprenderia que parte de las firmas contenidas en la Lista de Adherentes de la citada agrupacion politica, revelaba caracteristicas graficas similares, compatibles de provenir de un mismo pu?o grafico.

5. En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 407 del Codigo Penal y el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, que se?alan que un funcionario publico, ante el indicio de la presunta comision de un delito, esta en la obligacion de poner en conocimiento de estos hechos al Ministerio Publico, se procedio a enviar, tal como se realiza con todas las organizaciones políticas en proceso de inscripcion que presentan esta situacion, un documento a la Fiscalia de la Nacion, con fecha 6 de octubre de 2004, comunicando los hechos.

6. En este documento, enviado a la entonces fiscal de la nacion, no se se?alan nombres, no se acusa a persona alguna, ni se tipifica ningun delito. Solo se pone en conocimiento del Ministerio Publico que ?parte de las firmas contenidas en la Lista de Adherentes de la referida Agrupacion Politica revela caracteristicas graficas similares, compatibles de provenir de un mismo pu?o grafico?.

7. Los hechos y las decisiones posteriores a la comunicacion realizada al Ministerio Publico, no son competencia ni responsabilidad de la ONPE.

8. Desde el Año 2004, en que se inicia la implementacion de la Ley de Partidos Políticos, la ONPE ha procedido en forma similar, por mandato legal, con las 33 organizaciones políticas que han presentado firmas de adherentes con la finalidad de que estas sean verificadas para lograr su inscripcion como partido político.

Lima, 15 de junio de 2009
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL