ONPE verifica firmas de la agrupacion ALIANZA PARA EL PROGRESO
Nota de prensa12 de diciembre de 2007 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) reinicio el proceso de verificación de firmas de los adherentes a organizaciones políticas de alcance nacional, con la organización "Alianza para el Progreso", actualmente en proceso de inscripcion.
El acto se desarrolla en las instalaciones de la gerencia de Gestion Electoral de la ONPE, ubicada en la avenida Tomas Valle, en San Martin de Porres, con la participacion de 20 verificadores del organismo electoral, un perito y representantes acreditados por la propia organización politica.
Para este trabajo, los especialistas de la ONPE determinaron, en una primera fase, totalmente automatizada y denominada verificación electronica, aquellos casos en los que el numero del documento de identificacion, los nombres y apellidos del adherente se encuentran vigentes y coincidentes en la ultima actualizacion del padron electoral, estableciendo los registros habiles.
Ya con este primer resultado, los verificadores procesan el 100% de los registros habiles, determinando como "validas" aquellas firmas que en su cotejo presenten caracteristicas relevantes similares con las que se encuentran en la ultima actualizacion del padron electoral remitida por el RENIEC.
Durante el procedimiento, se cuenta con la participacion de un perito dirimente quien resuelve las controversias que eventualmente pudieran surgir durante el mismo, en forma definitiva, a fin de dar la mayor transparencia y garantia de imparcialidad en el servicio brindado.
Concluida la comprobacion de firmas la ONPE emite una constancia con los resultados obtenidos por la organización politica, requisito indispensable para la continuacion del tramite de inscripcion.
De no alcanzar el numero minimo de firmas requerido, la organización politica tendra derecho a presentar lotes adicionales de firmas hasta completar el numero exigido por ley.
La relacion de adherentes en un numero no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas Elecciones de caracter nacional, es uno de los requisitos para constituir un partido político. La Ley de Partidos Políticos exige ademas actas de constitucion de comités partidarios, un estatuto, personeros y representantes legales.
Lima, 12 de diciembre de 2007
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL
El acto se desarrolla en las instalaciones de la gerencia de Gestion Electoral de la ONPE, ubicada en la avenida Tomas Valle, en San Martin de Porres, con la participacion de 20 verificadores del organismo electoral, un perito y representantes acreditados por la propia organización politica.
Para este trabajo, los especialistas de la ONPE determinaron, en una primera fase, totalmente automatizada y denominada verificación electronica, aquellos casos en los que el numero del documento de identificacion, los nombres y apellidos del adherente se encuentran vigentes y coincidentes en la ultima actualizacion del padron electoral, estableciendo los registros habiles.
Ya con este primer resultado, los verificadores procesan el 100% de los registros habiles, determinando como "validas" aquellas firmas que en su cotejo presenten caracteristicas relevantes similares con las que se encuentran en la ultima actualizacion del padron electoral remitida por el RENIEC.
Durante el procedimiento, se cuenta con la participacion de un perito dirimente quien resuelve las controversias que eventualmente pudieran surgir durante el mismo, en forma definitiva, a fin de dar la mayor transparencia y garantia de imparcialidad en el servicio brindado.
Concluida la comprobacion de firmas la ONPE emite una constancia con los resultados obtenidos por la organización politica, requisito indispensable para la continuacion del tramite de inscripcion.
De no alcanzar el numero minimo de firmas requerido, la organización politica tendra derecho a presentar lotes adicionales de firmas hasta completar el numero exigido por ley.
La relacion de adherentes en un numero no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas Elecciones de caracter nacional, es uno de los requisitos para constituir un partido político. La Ley de Partidos Políticos exige ademas actas de constitucion de comités partidarios, un estatuto, personeros y representantes legales.
Lima, 12 de diciembre de 2007
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL