ONPE verifica firmas de agrupacion politica PAPO
Nota de prensa27 de mayo de 2008 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) se encuentra en la fase final de la verificación de la autenticidad y validez de las firmas o huellas dactilares de los registros de adherentes de la agrupacion politica "Participacion Popular", que busca inscribirse como nuevo partido político.
El procedimiento de verificación comprende dos etapas. Una primera consiste en comprobar electronicamente la autenticidad del numero de identidad y de los nombres y apellidos de los adherentes.
Un registro resulta habil cuando el numero de documento de identificacion y el nombre y apellidos del adherente se encuentran vigentes en la ultima actualizacion del padron electoral.
La segunda etapa consiste en comprobar la autenticidad de las firmas o huellas dactilares correspondientes a los registros habiles obtenidos en la primera etapa.
En el caso de "Participacion Popular", la primera fase, cumplida el lunes 19 de mayo, determino como habiles 131,459 registros de los 166,354 presentados.
En la segunda fase, en plena ejecucion desde el martes 20 de mayo, se vienen verificando las firmas de los 131,459 adherentes declarados habiles.
Veinte verificadores de la ONPE, en medio de diversas medidas de seguridad, declaran como validas aquellas firmas que en su cotejo presenten caracteristicas relevantes similares con las que se encuentre en la ultima actualizacion del padron electoral.
La comprobacion de la autenticidad de la huella dactilar se coteja con la impresion que aparece en la información relativa a las huellas dactilares digitalizadas remitida por el RENIEC.
Al concluir la comprobacion de firmas el promotor recibira el reporte de resultados de la verificación de firmas. Si no se alcanza el numero de firmas requerido, la organización politica tiene derecho a presentar lotes adiciones de firmas hasta completar el numero exigido por ley.
La relacion de adherentes constituye uno de los requisitos que exige la Ley Partidos Políticos, para inscribir una organización partidaria (145,057 firmas). En otras exigencias figuran el Acta de Fundacion y las actas de constitucion de comités partidarios.
Lima, 27 de mayo de 2008
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL
El procedimiento de verificación comprende dos etapas. Una primera consiste en comprobar electronicamente la autenticidad del numero de identidad y de los nombres y apellidos de los adherentes.
Un registro resulta habil cuando el numero de documento de identificacion y el nombre y apellidos del adherente se encuentran vigentes en la ultima actualizacion del padron electoral.
La segunda etapa consiste en comprobar la autenticidad de las firmas o huellas dactilares correspondientes a los registros habiles obtenidos en la primera etapa.
En el caso de "Participacion Popular", la primera fase, cumplida el lunes 19 de mayo, determino como habiles 131,459 registros de los 166,354 presentados.
En la segunda fase, en plena ejecucion desde el martes 20 de mayo, se vienen verificando las firmas de los 131,459 adherentes declarados habiles.
Veinte verificadores de la ONPE, en medio de diversas medidas de seguridad, declaran como validas aquellas firmas que en su cotejo presenten caracteristicas relevantes similares con las que se encuentre en la ultima actualizacion del padron electoral.
La comprobacion de la autenticidad de la huella dactilar se coteja con la impresion que aparece en la información relativa a las huellas dactilares digitalizadas remitida por el RENIEC.
Al concluir la comprobacion de firmas el promotor recibira el reporte de resultados de la verificación de firmas. Si no se alcanza el numero de firmas requerido, la organización politica tiene derecho a presentar lotes adiciones de firmas hasta completar el numero exigido por ley.
La relacion de adherentes constituye uno de los requisitos que exige la Ley Partidos Políticos, para inscribir una organización partidaria (145,057 firmas). En otras exigencias figuran el Acta de Fundacion y las actas de constitucion de comités partidarios.
Lima, 27 de mayo de 2008
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL