Consulta Popular de Revocatoria en distritos de Paracas y Curimana

Nota de prensa

6 de enero de 2009 - 12:00 a. m.

A traves de la Resolucion N° 417-2008-JNE, se dispuso levantar la suspension de la convocatoria del proceso de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales en los distritos de Paracas (Pisco, Ica) y Curimana (Padre Abad, Ucayali) y por tanto, las mismas se llevaran a cabo este domingo 11 de enero de 2009.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha previsto instalar en el distrito de Paracas 15 mesas de sufragio en las aulas de la Institución Educativa N° 22489, las mismas que recibiran los votos de 2,426 electores, de los cuales 1,326 son hombres y 1,100 mujeres.

Asimismo, en el distrito de Curimana se instalaran 18 mesas de sufragio en los salones de la Institución Educativa Pedagogica N° 64052 "Santa Rosa de Lima", donde se recibiran los votos de 3,324 electores, de los cuales 1,983 son hombres y 1,341 son mujeres.

En ambos distritos, el alcalde y los 05 regidores seran sometidos a consulta popular de revocatoria. De las 12 autoridades en consulta, 09 son hombres y 03 son mujeres.

Este 11 de enero el voto es obligatorio. Los electores del distrito de Paracas que no acudan a emitir su voto tendran una multa de S/. 71.00 por estar considerado como distrito no pobre, y en el distrito de Curimana la multa asciende a S/. 35.50 por estar considerado como un distrito pobre no extremo. Los miembros de mesa que no ejerzan su funcion recibiran una multa de S/. 177.50 en ambos distritos.

La votacion se iniciara a las 8:00 de la mañana y culminara a las 4:00 de la tarde. Los miembros de mesa deben acudir a cumplir con su obligacion a partir de las 7:30 de la mañana.

Para la organización y ejecucion de ambas consultas, el organismo electoral ha instalado las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) de Ica y Coronel Portillo, a cargo de Magdalena Castro Sanchez y Ananias Liberato Falcon, respectivamente.

Cabe indicar que una autoridad sera revocada siempre y cuando se cumplan dos condiciones: a) que hayan asistido a votar como minimo el 50% de los electores habiles del padron electoral correspondiente y b) que la mitad mas uno de los votos validamente emitidos esten a favor de la revocatoria.

Para el computo de resultados se tiene en cuenta como votos validos los emitidos por cualquiera de las opciones (SI o NO). En este sentido, los votos nulos y en blanco no se consideran para el computo.

La ONPE garantiza honestidad y transparencia en estas consultas populares de revocatoria del mandato de autoridades municipales.

Lima, 06 de enero de 2009
GERENCIA DE INFORMACION Y Educación ELECTORAL