ONPE concluyo verificación de firmas de partido Participacion Popular
Nota de prensa6 de julio de 2009 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) concluyó la verificación de la cuarta entrega de firmas de adherentes del partido político Participación Popular, actualmente en proceso de inscripción, acumulando un total de 145,178 firmas válidas con sus anteriores entregas. El número mínimo de firmas válidas establecido por ley para inscribir una organización partidaria es del uno por ciento de los ciudadanos que sufragaron en las últimas Elecciones de carácter nacional (145,057).
Un registro resulta hábil cuando el número del DNI y el nombre y apellidos del adherente se encuentran vigentes en la última actualización del padrón electoral.
Posteriormente, se comprueba la autenticidad de las firmas o huellas dactilares del cien por ciento de los adherentes cuyos registros resultaron hábiles. En esta etapa los comprobadores de la ONPE, empleando las técnicas de la grafotecnia y la dactiloscopía, declaran "válidas" las firmas que en su cotejo presentan características relevantes similares con la que se encuentran en la última actualización del padrón electoral remitido por el Reniec.
La relación de adherentes es uno de los requisitos que exige la Ley de Partidos Políticos para inscribir una organización partidaria. Los otros son: el acta de fundación, las actas de constitución de comités partidarios (65 comités provinciales distribuidos en 16 departamentos), el estatuto del partido, la designación de los personeros legales, titulares y alternos, y la designación de uno o más representantes legales del partido político.
Lima, 06 de julio de 2009
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
Un registro resulta hábil cuando el número del DNI y el nombre y apellidos del adherente se encuentran vigentes en la última actualización del padrón electoral.
Posteriormente, se comprueba la autenticidad de las firmas o huellas dactilares del cien por ciento de los adherentes cuyos registros resultaron hábiles. En esta etapa los comprobadores de la ONPE, empleando las técnicas de la grafotecnia y la dactiloscopía, declaran "válidas" las firmas que en su cotejo presentan características relevantes similares con la que se encuentran en la última actualización del padrón electoral remitido por el Reniec.
La relación de adherentes es uno de los requisitos que exige la Ley de Partidos Políticos para inscribir una organización partidaria. Los otros son: el acta de fundación, las actas de constitución de comités partidarios (65 comités provinciales distribuidos en 16 departamentos), el estatuto del partido, la designación de los personeros legales, titulares y alternos, y la designación de uno o más representantes legales del partido político.
Lima, 06 de julio de 2009
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL