ONPE conformó trece ODPE para Elecciones Municipales Complementarias 2011
Nota de prensa10 de mayo de 2011 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) conformo trece (13) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para la organización y ejecucion de las Elecciones Municipales Complementarias del proximo 3 de julio de 2011, fecha en la que se elegira a alcaldes y regidores en 34 distritos del pais.
Para este efecto, se ha autorizado a las ODPE de Huaraz, Huari, Cajamarca, Huancavelica, Huanuco, Sanchez Carrion, Chiclayo 2, Huaura, Lima Este-Santa Anita, Ca?ete, San Roman, Moyobamba y Coronel Portillo, constituidas para las Elecciones Generales y Parlamento Andino, a desarrollar actividades necesarias en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias.
El numero de oficinas descentralizadas fue propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, con el fin de garantizar una mayor celeridad en el despliegue y repliegue del material electoral, teniendo en cuenta los criterios de continuidad espacial, contiguidad, vecindad y accesibilidad.
Segun el articulo 39? de la Ley Organica de Elecciones corresponde al jefe de la ONPE definir el numero, ubicacion y organización de las ODPE, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determina la ley.
Conforme al articulo 27? de la Ley Organica de la ONPE, las ODPE estan a cargo de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las actividades electorales en sus respectivas jurisdicciones.
Lima, 10 de mayo de 2011
Oficina General de Comunicaciones e Imagen Instituciónal
Para este efecto, se ha autorizado a las ODPE de Huaraz, Huari, Cajamarca, Huancavelica, Huanuco, Sanchez Carrion, Chiclayo 2, Huaura, Lima Este-Santa Anita, Ca?ete, San Roman, Moyobamba y Coronel Portillo, constituidas para las Elecciones Generales y Parlamento Andino, a desarrollar actividades necesarias en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias.
El numero de oficinas descentralizadas fue propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, con el fin de garantizar una mayor celeridad en el despliegue y repliegue del material electoral, teniendo en cuenta los criterios de continuidad espacial, contiguidad, vecindad y accesibilidad.
Segun el articulo 39? de la Ley Organica de Elecciones corresponde al jefe de la ONPE definir el numero, ubicacion y organización de las ODPE, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determina la ley.
Conforme al articulo 27? de la Ley Organica de la ONPE, las ODPE estan a cargo de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las actividades electorales en sus respectivas jurisdicciones.
Lima, 10 de mayo de 2011
Oficina General de Comunicaciones e Imagen Instituciónal