Trece partidos políticos dispondrán de espacios en radio y televisión estatales
Nota de prensa19 de agosto de 2011 - 12:00 a. m.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) establecio que trece (13) partidos políticos, debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas, tendran derecho de manera gratuita a espacios en radio y television de propiedad estatal en periodo no electoral, para la difusion de sus propuestas y planteamientos.
Segun la Resolucion N°004, de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios del organismo electoral, publicada en El Peruano, estos partidos políticos son los siguientes: Alianza para el Progreso, Acción Popular, Cambio 90, Fuerza 2011, Gana Perú, Partido Aprista Peruano, Partido Humanista Peruano, Partido Popular Cristiano, Perú Posible, Restauracion Nacional, Solidaridad Nacional, Somos Perú y Unión por el Perú.
La norma recuerda que segun el articulo 41? de la Ley de Partidos Políticos, los medios de comunicacion de propiedad del Estado, estan obligados a otorgar mensualmente cinco minutos a cada partido con representación en el Congreso, para la difusion de sus propuestas y planteamientos, estableciendo ademas que compete a la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios de la ONPE realizar la asignacion correspondiente.
Segun los considerandos de la resolucion, para establecer los partidos políticos con derecho al espacio no electoral, la ONPE tomo en cuenta la resolucion del JNE que declaro concluido el proceso de Elecciones Generales del Año 2011, asi como el informe en el que da cuenta que el 4 de agosto se cancelaron de oficio las inscripciones de las alianzas electorales que participaron en los referidos comicios.
Segun el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, estos espacios solo pueden ser utilizados durante periodo no electoral por los partidos políticos con representación parlamentaria, para la difusion de sus propuestas y planteamientos, encontrandose prohibido su uso para publicidad con fines electorales.
Asimismo, el orden de aparicion de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral se determinara mediante un sorteo en acto publico, a realizarse dentro de los 30 dias naturales posteriores a la resolucion que aprueba la lista definitiva de las organizaciones políticas con derecho al espacio no electoral.
Los espacios no electorales comenzarian hacia fin de Año o a inicio del proximo si se tiene en cuenta que las normas preven diversas fases previas, tales como el sorteo para determinar el orden de difusion, acreditacion de representantes de los partidos, fijacion de los horarios y programacion de la transmision, aspectos tecnicos de la emision de los espacios, entre otros.
Segun la Resolucion N°004, de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios del organismo electoral, publicada en El Peruano, estos partidos políticos son los siguientes: Alianza para el Progreso, Acción Popular, Cambio 90, Fuerza 2011, Gana Perú, Partido Aprista Peruano, Partido Humanista Peruano, Partido Popular Cristiano, Perú Posible, Restauracion Nacional, Solidaridad Nacional, Somos Perú y Unión por el Perú.
La norma recuerda que segun el articulo 41? de la Ley de Partidos Políticos, los medios de comunicacion de propiedad del Estado, estan obligados a otorgar mensualmente cinco minutos a cada partido con representación en el Congreso, para la difusion de sus propuestas y planteamientos, estableciendo ademas que compete a la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios de la ONPE realizar la asignacion correspondiente.
Segun los considerandos de la resolucion, para establecer los partidos políticos con derecho al espacio no electoral, la ONPE tomo en cuenta la resolucion del JNE que declaro concluido el proceso de Elecciones Generales del Año 2011, asi como el informe en el que da cuenta que el 4 de agosto se cancelaron de oficio las inscripciones de las alianzas electorales que participaron en los referidos comicios.
Segun el Reglamento de Financiamiento y Supervision de Fondos Partidarios, estos espacios solo pueden ser utilizados durante periodo no electoral por los partidos políticos con representación parlamentaria, para la difusion de sus propuestas y planteamientos, encontrandose prohibido su uso para publicidad con fines electorales.
Asimismo, el orden de aparicion de los partidos políticos con derecho al espacio no electoral se determinara mediante un sorteo en acto publico, a realizarse dentro de los 30 dias naturales posteriores a la resolucion que aprueba la lista definitiva de las organizaciones políticas con derecho al espacio no electoral.
Los espacios no electorales comenzarian hacia fin de Año o a inicio del proximo si se tiene en cuenta que las normas preven diversas fases previas, tales como el sorteo para determinar el orden de difusion, acreditacion de representantes de los partidos, fijacion de los horarios y programacion de la transmision, aspectos tecnicos de la emision de los espacios, entre otros.