Habilitan hologramas excedentes de comicios regionales y municipales de 2010 para Consulta Popular de Revocatoria de septiembre

Nota de prensa

1 de setiembre de 2012 - 12:00 a. m.

A través de la Resolución Jefatural N°147, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilitó 768,232 hologramas de sufragio excedentes de las Elecciones Regionales y Municipales 2010, para utilizarse como constancias de sufragio en la Consulta Popular de Revocatoria (CPR) del Mandato de Autoridades Municipales 2012, a realizarse el domingo 30 de septiembre.

La norma ha sido comunicada al Jurado Nacional de Elecciones, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a la Defensoría del Pueblo, a la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú y a la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP.

La reutilización de etiquetas holográficas de procesos anteriores, para ser utilizadas como constancias de sufragio, forma parte de los lineamientos contenidos en el Plan General de Elecciones de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2012, la que ha sido convocada en 4 provincias y 266 distritos.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 162° y 163° de la Ley Orgánica de Elecciones (N° 26859), el material electoral es de propiedad de la ONPE y de uso exclusivo para el proceso electoral, pudiendo reutilizarse el material sobrante en la medida en que resulte económico y su naturaleza lo permita.

Es oportuno recordar que según el artículo 29° de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley N° 26497) establece que el Documento Nacional de Identidad, para surtir efectos legales, en los casos que corresponda, debe contener o estar acompañado de la constancia de sufragio de las últimas Elecciones en las que se encuentra obligada a votar la persona o, en su defecto, la correspondiente dispensa de no haber sufragado.