ONPE pide sanción severa contra quienes cometieron delito contra el sufragio en Ayacucho

Nota de prensa

18 de octubre de 2014 - 12:00 a. m.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) demandó una sanción drástica contra quienes resulten responsables del presunto delito contra el sufragio, al haberse repartido los votos en blanco de una mesa de votación en el centro poblado Paucaray, distrito de San Francisco de Rayacayco (Ayacucho).

Los hechos fueron denunciados por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Parinacochas ante la Fiscalía Provincial Penal de dicha ciudad, pero no se efectivizó porque la fiscalía afirmó que la denuncia debía entrar por trámite regular en la mesa de partes, por lo que se interpuso la denuncia ante la comisaría de Parinacochas-Coracora el 11 de octubre.

El jefe de la ODPE, Omar Abelardo Quispe Vilca, reveló que la prueba de presunto delito está contenida en un audio en el que se escucha cómo se repartió los votos en blanco de una mesa de sufragio en el centro poblado ayacuchano.

Los denunciados por este presunto delito son: Delia Gómez Ccance, Luis Santos Huacalsayco Gómez y Luisa María Gómez Carlos, presidenta, secretario y tercer miembro de mesa, respectivamente; los personeros Jhonady Esteban Carhuas Neyra (Apra), César Bernabé Aroni Ccance (MIRE), Felipe León Carlos Yauyo (Qatun Tarpuy), Virgilio Senón Huarcaya Chacñama (Musuq Ñan).

También, Bernardo Roque Huarcaya (Alianza por el Progreso de Ayacucho) y Virgilio Agripino Gómez Rivas (ARA); así como Carlos Enrique Purca Buitrón, coordinador de la ODPE, Lilibeth Ckruscaya Vásquez Ludeña, fiscalizadora del Jurado Electoral Especial, y Sixto Juárez Neyra, coordinador del local de votación.

Dado que la ONPE ha digitalizado cada una de las actas electorales como medida de transparencia, en la página web del organismo electoral se puede apreciar, como evidencia, la forma en que estos ciudadanos, miembros de mesa, personeros y funcionarios electorales se pusieron de acuerdo para repartirse los votos en blanco.

De acuerdo al artículo 359 del Código Penal, constituye un atentado contra el derecho de sufragio falsificar en todo o en parte las actas de escrutinio para falsear el resultado de una elección, y quien lo haga será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.