Candidatos al CNM deben tener respaldo de no menos del 5% del total de miembros activos de Colegios de Abogados
Nota de prensa18 de enero de 2015 - 12:00 a. m.
Los candidatos a consejero del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por parte de los Colegios de Abogados del país deberán contar con el respaldo mínimo del 5% de miembros activos de su respectivo colegio para inscribir su candidatura, precisó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
La información fue detallada en la resolución jefatural N°011-2015-J/ONPE, publicada este sábado en las Normas Legales de El Peruano. En la misma se precisa el número mínimo de adherentes aprobado por el organismo electoral para los treinta Colegios de Abogados de todo el país que cumplieron con presentar su lista de miembros activos hasta el pasado 06 de enero.
En la norma se detalla el número mínimo para el Colegio de Abogados de Amazonas, áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho,Cajamarca, Cañete, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali, Callao, Cusco y Santa.
Así, para el caso del Colegio de Abogados de Lima, que cuenta con 57,847 miembros activos, quien desee postular a consejero del CNM deberá contar con 2,893 (5% del total) firmas para inscribir su candidatura.
La información del número de miembros de los treinta Colegios publicado hoy también servirá para elaborar el padrón de electores para las Elecciones que se realizará el próximo 12 de abril.
Los abogados deberán elegir a un consejero titular y uno suplente que los represente por los próximos cinco años ante el CNM, entidad que tiene entre sus funciones, nombrar, ratificar y destituir a magistrados y otros funcionarios, y que está conformada por siete integrantes.
El reglamento electoral también señala que el número mínimo de adherentes para presentar una candidatura no puede ser menor a cien colegiados, de acuerdo a los padrones de la ONPE.
La relación publicada será puesta en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
La información fue detallada en la resolución jefatural N°011-2015-J/ONPE, publicada este sábado en las Normas Legales de El Peruano. En la misma se precisa el número mínimo de adherentes aprobado por el organismo electoral para los treinta Colegios de Abogados de todo el país que cumplieron con presentar su lista de miembros activos hasta el pasado 06 de enero.
En la norma se detalla el número mínimo para el Colegio de Abogados de Amazonas, áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho,Cajamarca, Cañete, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali, Callao, Cusco y Santa.
Así, para el caso del Colegio de Abogados de Lima, que cuenta con 57,847 miembros activos, quien desee postular a consejero del CNM deberá contar con 2,893 (5% del total) firmas para inscribir su candidatura.
La información del número de miembros de los treinta Colegios publicado hoy también servirá para elaborar el padrón de electores para las Elecciones que se realizará el próximo 12 de abril.
Los abogados deberán elegir a un consejero titular y uno suplente que los represente por los próximos cinco años ante el CNM, entidad que tiene entre sus funciones, nombrar, ratificar y destituir a magistrados y otros funcionarios, y que está conformada por siete integrantes.
El reglamento electoral también señala que el número mínimo de adherentes para presentar una candidatura no puede ser menor a cien colegiados, de acuerdo a los padrones de la ONPE.
La relación publicada será puesta en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.